Evidenciar los soportes que demuestren que la custodia de las historias clínicas esté a cargo de una institución prestadora de servicios en SST o del médico que practica las evaluaciones médicas ocupacionales. Parágrafo 2. Para los efectos de la presente Resolución se entenderá como trabajador permanente de las unidades https://matthewg048ckq0.newsbloger.com/profile